En este estado la Juez deja constancia que las partes comparecientes han manifestado su intención de llegar a una negociación en este etapa del proceso, sin embargo, en virtud de la incomparecencia de CAUFER SERVICIOS AMBIENTALES, C.A. que pudiera ocasionarle perjuicio al Municipio Guaicaipuro y en virtud del agotamiento del tiempo de cuatro (04) meses para la celebración de la audiencia preliminar previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo DECLARA TERMINADA LA AUDIENCIA PRELIMINAR. Ahora bien, finalizada como se encuentra la audiencia preliminar; de conformidad con el artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena incorporar al expediente el día de hoy, por autos separados, las pruebas promovidas por las partes, a los fines de su admisión y evacuación ante el juez de juicio, quedando expresamente entendido, que la Alcaldía del Municipio Guaicaipuro cuenta con cinco (5) días hábiles contados a partir del día de hoy exclusive, para consignar la c.....