DISPOSITIVO
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: De conformidad con lo tipificado en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN que por cobro de Prestaciones Sociales incoara el ciudadano SERGIO DÍAZ, titular de la Cédula de Identidad N° 2.429.556 contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO EULALIA BUROZ DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Notifíquese de la presente decisión al Sindico Procurador Municipal de Municipio Autónomo Eulalia Buroz del Estado Miranda, de conformidad con el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la pagina.....