Primero: INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional incoada por la ciudadana ELIZABETH MERCEDES GIRARDI CORDERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-13.135.892, contra los autos dictados en fecha 02 de mayo de 2013, y 14 de mayo de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Segundo: SE ORDENA el levantamiento de la medida cautelar innominada acordada por auto de fecha 22 de julio de 2013, consistente en la suspensión de los efectos del auto dictado el 14 de mayo de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Tercero: Dada la naturaleza del fallo, no hay especial condenatoria en costas.