DISPOSITIVO
En consideración a los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en fecha 12 de julio de 2018 que declaró INADMISIBLE Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, en contra de Providencia Administrativa Nro. 218-2017, dictada en fecha 21 de noviembre de 2017, por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio" con sede en Guatire, contenida en el expediente administrativo Nro. 030-2017-01-01906. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REG.....