DECLARA conflicto de no conocer las presentes actuaciones, llevadas por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Sección Adolescentes de conformidad con lo establecido en el artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal.