CONDENA al ciudadano ÁNGEL LUIS CARABALLO MATOS, venezolano, natural de Higuerote, estado Miranda, de 36 años de edad, de estado civil soltero, portador de la Cédula de Identidad Número 12.749.034; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS de PRISIÓN; por ser AUTOR responsable de la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN tipificado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; pena que cumplirá en los términos que determine el Tribunal de Ejecución correspondiente.