En este estado el Tribunal se pronuncia de la siguiente manera: Visto el desistimiento del apoderad actor, respecto a INTEVEP, S.A. y a PDVSA- INSTITUCIÓN FONDO DE AHORROS (PDVSA-IFA) y visto que el mismo cumple los requisitos exigidos por la Ley así como los establecidos por la doctrina y jurisprudencia, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los mismos términos en que aparece concebido, con lo cual adquiere el carácter de cosa juzgada y da por terminado el procedimiento.