El día martes nueve (09) de diciembre de dos mil veinticinco (2025), se deja constancia que han sido evacuado los testigos correspondientes en la presente solicitud, tramitada por motivo de JUSTIFICATIVO DE TESTIGO, interpuesta por el ciudadano GABRIEL JESUS RODRIGUEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No V-17.753.299, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio ZAIDA MENDOZA DE TORO inscrita en el I.P.S.A. bajo el No 77.088.
En ese sentido, se les tomo la declaración de los particulares solicitados en el escrito a las ciudadanas ANA MERCEDES PEREZ PEREZ y MAIDELYS JOSEFINA FERNANDEZ PEREZ, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-4.291.001 y V-13.969.777, respectivamente, por lo que una vez evacuadas devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual fue redactada por la abogada ZAIDA MENDOZA DE TORO inscrita en el I.P.S.A bajo el N.º 77.088. Asi mismo, déjese constancia en .....