ACUERDA: PRIMERO: la CAPTURA, de _________________, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 617 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, a través de los distintos organismos policiales, autoridades civiles y militares y se ordena su ingreso en el Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia del Estado Miranda. SEGUNDO: Líbrense Boletas de Captura a los distintos Cuerpos Policiales y Boletas de ingreso al citado Centro de Reclusión, las cales contendrán órdenes de ingreso en el archivo de información policial que para tal fin deben llevar esas Instituciones policiales y militares, como persona solicitada por este Despacho. TERCERO: Suspéndase la tramitación de la presente causa, hasta tanto se logre la captura del imputado.