ACUERDA:
PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano HENRY AMERICO LIENDO BELLO, de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, nacido el día 30-08-77, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.850.318, de estado civil soltero, hijo de: BERNARDINA BELLO (F) y ESTARCICIO GONZALEZ (V), residenciado en carretera vieja Caracas Los Teques, casa N° 41, cerca de la bodega Ludan, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, al ser autor responsable de la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVÍSIMAS CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2° del Código Penal derogado, en concordancia con el artículo 416 ejusdem, perpetrado en contra del ciudadano DANILO RAFAEL SILVA LIENDO, titular de la cédula de identidad No. V-8.680.477, en fecha 07 de diciembre de 2003, de acuerdo a lo previsto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal. No se fija la fecha provisional de finalización de la condena, por cuanto el acusado se en.....