Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación dada en el escrito acusatorio, en contra del acusado: LUIS OCTAVIO DELSY VARGAS, por la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO, previstos y sancionados en los Artículos 456 del Código Penal Vigente SEXTO: Se instruye a la Secretaria de Sala ABG. IRLEN FABIOLA GUERRERO, a que remita la Presente causa a la Oficina del Alguacilazgo a los fines de que sea distribuida al Tribunal de Juicio Correspondiente; SEPTIMO el presente auto de apertura a juicio se emitió conforme a lo previsto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal.