PRIMERO: CON LUGAR la solicitud por AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la ciudadana LUZ MARINA BARRIOS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.210.870 y domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira; contra el ciudadano GABRIEL ARCANGEL BAPTISTA OMAÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.138.325, con domiciliado en el Municipio Libertad del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE AUMENTA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES (BS. 200,00) mensuales, la cual deberá ser depositada en la cuenta de ahorros aperturada para tal fin, a partir del 30 de enero de 2010.
TERCERO: En cuanto a los gastos de la temporada de inicio escolar, en el mes de septiembre y la temporada decembrina, se fija una cuota de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) para cada mes, adicionales a la cuota ordinaria mensual.
CUARTO: En cuanto a los gastos de Asistencia Médica y Medicinas, éstos serán compartidos por .....