acuerda: PRIMERO: "SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Fiscal 18° del Ministerio Público, en contra del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, en virtud que la misma cumple a cabalidad con las previsiones contenidas en los artículos 570 y 578 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, por la presunta comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto en el artículo 456 último aparte del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana YENITZA ZERPA, por los hechos acaecidos en fecha 12 de Septiembre de 2.006, siendo aproximadamente las 6:00 horas de la tarde, funcionarios adscritos a la Policía Municipal de Plaza, se encontraban de recorrido por el sector del parque Tito Cardozo, logran observar gran cantidad de personas que poseían a un sujeto retenido, por cuanto éste había despojado de un aparato móvil celular a una ciudadana de nombre YENITZA ZERPA, allí la comisión policial procede a la aprehensión de una persona que al mome.....