Se acuerda Imponer al adolescente imputado de la Medida Cautelar Prevista en el Literal “b” del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, relativo a la obligación que tiene el adolescente de someterse bajo el cuido y vigilancia de su Madre, la Ciudadana XIOMARA MAGALI IGLESIAS TOVAR, quien se compromete en esta misma Audiencia a cumplir con las exigencias de este Despacho. Del mismo modo, el Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 260 del Código Orgánico Procesal Penal, Impone al adolescente la obligación de presentarse todos los días Domingos por ante la Oficina de Alguacilazgo de este mismo Circuito Judicial Penal, Sección Adolescentes, con sede en Guatire, y la prohibición de ausentarse de la Jurisdicción de este Tribunal sin la Autorización del Juez. Así mismo, se le advierte al adolescente imputado que el incumplimiento de la Medida impuesta traerá como consecuencia la inmediata revocatoria de la misma. Se ordena el E.....