Por recibido del Tribunal de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, la actuación No. 1C-032-02, seguida al adolescente IDENTIDAD PROHIBIDA, en donde se encuentra definitivamente firme la sentencia dictada en su contra, en fecha 19-02-2004, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 26 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y sancionados a cumplir la medida de Servicios a la Comunidad, prevista en el artículo 620 literales “c” y de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 625 ejusdem, por el lapso de seis (6) meses. Désele entrada y anótese en el libro de causas correspondiente. Así mismo, a los fines de proceder a la EJECUCIÓN DE LA MEDIDA IMPUESTA, se acuerda citar a los adolescentes para el día Miércoles 17-03-2004 a las 11: 30AM. Notifíquese a la .....