...SE DECLARA CON LUGAR la apelación planteada por la entidad de trabajo CORPORACION RIBON, C.A en contra de la decisión de fecha 06 de diciembre de 2013 donde se declaró improcedente la medida cautelar solicitada. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de suspensión de efectos del acto administrativo de efectos particulares contenido en la Providencia Administrativa dictada por la Inspectoría del Trabajo de Los Valles del Tuy del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 20 de junio de 2013, bajo el N° 00093, con ocasión al procedimiento de Reenganche y Pago de Salarios Caídos instaurado por la ciudadana MARIA AUXILIADORA CEDILLO DE DIAZ en contra de la Sociedad Mercantil CORPORACION RIBON, C.A. TERCERO: SE ANULA la decisión de fecha 06 de diciembre de 2013, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave - CUARTO: NO HAY CONDENA EN COSTAS .