OTORGA el BENEFICIO DE CONFINAMIENTO al ciudadano GRATEROL TORRES JOSE JULIAN, portador de la cédula de identidad Nº V- 14.645.545, venezolana, Natural de Caracas, estado civil Soltero, nacido el día 25-07-1975, de 30 años de edad, domiciliado Coche, Las Mayas, Barrio Bermúdez, casa Nro. 48, Caracas, Hijo de Amada Torres (v) y de Víctor Julio Graterol (v), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Código Penal, debiendo en consecuencia, residir en la vivienda ubicada en la Urb. Las Dos Lagunas, sector 03, vereda 06, casa Nro. 23, Santa teresa del Tuy, Estado Miranda, presentarse una vez al mes ante éste Órgano Jurisdiccional y cumplir con un régimen de presentación mensual por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Independencia del Estado Miranda de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 segundo aparte ejusdem, hasta el 26-08-2007, a las 18 horas fecha en la cual finalizará el cumplimiento de la pena, asimismo deberá el penado informar a este Tribunal cualquier cam.....