emite el siguiente pronunciamiento: REVOCA LA SANCIÓN DE LIBERTAD ASISTIDA POR INCUMPLIMIENTO DE LA MISMA, impuesta al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA; y en su lugar lo SANCIONA CON TRES (03) MESES DE LA MEDIDA SOCIO EDUCATIVA DE PRIVACION DE LIBERTAD, por haber sido declarado responsable por la comisión del delito de: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 628 Literal "c" en relación con el artículo 617 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión, líbrese oficio y boleta de ingreso al joven adulto, líbrese oficio a la Dirección de Desarrollo Social de la Alcaldía del Municipio Brión y notifíquese a las partes