DECLARA CON LUGAR EL PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS EN FASE DE JUICIO según lo establecido en el Artículo 376 del Código Penal reformado. En consecuencia CONDENA por aplicación del 376 del Código Penal reformado y en atención a lo establecido en las Disposiciones finales del Código Orgánico Procesal Penal, referente a la Extraactividad, donde se aplicara la norma más favorable al imputado. A los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir la SANCION DE DOS (02) AÑOS DE LIBERTAD ASISTIDA, DOS (02) AÑOS DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA Y SEIS (06) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD DE FORMA SIMULTANEA, de conformidad con los artículos 626, 624 Y 625 todos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el articulo 458 en relación con los artículos 80, 83 ambos del Código Penal, y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto en el articulo 174 en conco.....