CONFIRMA la sentencia dictada en fecha de 19 de junio del año 2003 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia, en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, que CONDENÓ al ciudadano HILDEMARO ANTONIO PACHECO MORILLO, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.552.503, a cumplir la pena de diecinueve (19) años de prisión por ser el autor responsable de la comisión de los delitos de: DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, CAMBIO ILÍCITO DE PLACAS DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES, APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULOS PROVENIENTES DEL HURTO Y ROBO, todos previstos y sancionados en los artículos 3, 8 y 9 respectivamente, de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos; y OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas