PRIMERO: CONDENA al Joven IDENTIFICACION OMITIDA, por encontrarlos CULPABLES y en consecuencia Penalmente responsables de los cargos imputados por la Fiscal (A) Décimo Quinta del Ministerio Público, en la comisión de uno de los Delitos Contra La Seguridad de los Medios de Transporte y Comunicación (ASALTO A VEHICULO DE TRANSPORTE COLECTIVO), según lo previsto en el artículo 358 (4° Aparte) del Código Penal, con las circunstancias agravantes dispuestas en el artículo 77 (Ordinales 5°, 11°, 12° y 19°) Ejusdem, actualmente tipificado en el artículo 357 de la Ley de Reforma Parcial del Código Penal, y los SANCIONA a cumplir las Medidas de 1.- Imposición de REGLAS DE CONDUCTA consistentes en: A.-. Obligación de continuar y culminar sus Estudios, consignando ante el Tribunal de Ejecución de esta Circunscripción Judicial Penal, la respectiva Constancia de Estudio y Notas Certificadas, B. Obligación de incorporarse al campo laboral, debiendo consignar ante el Tribunal de Ejecución de esta Ci.....