DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, y en consecuencia pone fin al procedimiento de la causa signada con el Nº 3C10914-06, seguido en contra de los ciudadanos: RIVAS PALACIOS EDIO, titular de la cédula de identidad N° 4.233.926, residenciado en: BLOQUE 17, PLANTA BAJA, APTO. 00-06, TRAPICHITO, GUARENAS, ESTADO MIRANDA, LOPEZ MENDOZA JUAN MANUEL, titular de la cédula de identidad N° 13.109.252, residenciado en: BLOQUE 18, PISO 01, APTO. 01-02, MENCA DE LEONI, GUARENAS, LOPEZ MENDOZA GUSTAVO, titular de la cédula de identidad N° 6.890.644, residenciado en: BLOQUE 18, PISO 02, APTO. 02-02, MENCA DE LEONI, GUARENAS, ESTADO MIRANDA ESTADO MIRANDA, CONTRERAS MARQUEZ JOSE, titular de la cédula de identidad N° INDOCUMENTADO, residenciado en: BLOQUE 18, PISO 01, APTO. 01-05, TRAPICHITO, GUARENAS, ESTADO MIRANDA, por la comisión del delito de POSESION SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 36 de la derogada Ley Orgánica Sobre Sustancia.....