DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de salarios caídos y bono de alimentación, incoada por la ciudadana PINTO RADA YAMELIN FERNANYELI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 19.372.792, en contra de la sociedad mercantil CENTRO MEDICO TUY C.A. SEGUNDO: Se condena a la sociedad mercantil CENTRO MEDICO TUY C.A. al pago de la cantidad condenada de sesenta y un mil ciento dos bolívares con cincuenta y ocho céntimos (Bs. 61.102,58), más el monto correspondiente a los intereses de mora y la corrección monetaria en los términos anteriormente expuestos. TERCERO: En virtud de la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.....