...decide: PRIMERO: En relación a la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine, establecida en el aludido artículo 16 sustantivo penal, a la cual fuera condenado el ciudadano PEDRO MIGUEL OVALLES, titular de la cédula de identidad personal número V-12.418.581, con ocasión de sentencia dictada en su contra por el Tribunal de primera instancia en función de control, No. 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, de fecha treinta (30) de septiembre del año dos mil cuatro (2004), se declara, en acatamiento del fallo proferido el día veintiuno (21) de mayo del año dos mil siete (2007) por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y signado con el número 940, el cese de tal pena accesoria. SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento judicial, se declara, asimismo, por este Tribunal, la libertad plena y sin restricciones del ciudadan.....