"... este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil CONSTRUCTORA VIALPA, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 04-03-1974, bajo el Nro. 33 Tomo 27-A. contra LA Providencia Administrativa Nro. 431-2008 de fecha 04-12-2008, dictada por la Inspectoria del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio", con sede en Guatire, mediante la cual se declaró con lugar el reenganche y pago de salarios caídos a favor del ciudadano ANGEL TEODORO BRICEÑO CISNEROS, titular de la cédula de identidad Nro. 10.799.800. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo ..."