Este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL, declara:
ÚNICO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 26 de julio de 2016 por el abogado JOSÉ ENRIQUE PERNÍA SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981 en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YAMILE REYES NIÑO, titular de la cédula de identidad N° V-13.792.750, parte presunta agraviada, contra la sentencia dictada el 19 de julio de 2016 por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. En consecuencia, SE CONFIRMA la sentencia apelada que declaró INADMISIBLE el amparo constitucional incoado.
No se condena en costas al quejoso por no considerarse temeraria la presente acción.
Publíquese esta sentencia en el expediente N° 3.336 y regístrese confo.....