Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho, ISIDRO HAMILTON MUÑOZ, en su carácter de Defensor Público del ciudadano YURMIS DELGADO FLORES, y en consecuencia, SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 26 de julio de 2012, por Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda, extensión Barlovento, mediante la cual negó la solicitud del otorgamiento de DECAIMIENTO DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, conforme a lo preceptuado en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal.