PRIMERO: Se Niega la devolución del vehículo reclamado por la ciudadana Maryorie Germania Boada Granados, venezolana, identificada con cédula de identidad N° V-11.692.196, cuya características son: marca Chevrolet, placa XDP-099, año 1987, color Rojo dos tonos, clase automóvil, tipo coupe, uso particular, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Tránsito Terrestre, en concordancia con los artículos 281, 282, 283, 305 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal.-