...ACUERDA imponerle al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, la medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de las contenida en el literal "c" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual consiste en un régimen de presentaciones, ante EL Consejo de Protección del Municipio Andrés Bello, de cada quince (08) días, para lo cual se ordena oficiar a los fines que aperturen el folio útil correspondiente para llevar el control de dichas presentaciones. Y la prohibición expresa de comunicarse con la víctima ciudadano: MARQUEZ BURGUILLOS MARIA MERCEDES. A tal efecto líbrese Boleta de Egreso al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, Región N º 4, Río Chico. TERCERO: Por cuanto este Tribunal lo considera pertinente, se ordena la práctica de exámenes Psiquiátricos, Psicológicos e Informe Social, los cuales deberán ser practicados por el Equipo Multidisciplinario adscritos a este Circuito Judicial Penal, todo de conformidad con lo establ.....