En este sentido este Tribunal considera que con la solicitud de aclaratoria formulada en la presente causa no se pretende aclarar puntos dudosos, salvar omisiones ni rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos, ni ampliaciones de la sentencia interlocutoria de fecha 07 de octubre de 2013, que son los supuestos de procedencia de la aclaratoria de sentencias contenidos en el articulo 252 del Código de Procedimiento Civil, sino manifestar la inconformidad del accionante con la motivación y antecedentes invocados por este Tribunal para su decisión.
Considera este Tribunal que la facultad de solicitar aclaratorias del fallo, está circunscrita a la posibilidad de exponer con mayor claridad, algún concepto ambiguo u oscuro de la sentencia, o cuando no esté claro el alcance del fallo en determinado punto, o se haya dejado de resolver algún pedimento, pero en manera alguna para transformar, modificar o alterar la sentencia ya dictada, sea definitiva o interlocut.....