DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 527, 545 del código civil y 937 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente. PRIMERO: DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano: LUIS EMIDIO GIL ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.319.220, actuando en nombre propio, según lo contemplado en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, sobre la bienhechuría construida sobre Terreno INTI teniendo una superficie de 7.829,00 mts2. Y una construcción total de 175,48 mts2, ubicado en la siguiente dirección: Calle principal Cholondron, Sector Merecure, Casa s/nº, Parroquia Caucagua del Municip.....