ÚNICO: Correspondiendo a este órgano jurisdiccional, de conformidad con las normas de los artículos 64 último aparte y 479 numeral 1, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, el conocimiento de la redención de la pena por el trabajo y el estudio, no obstante, dada la inexactitud y deficiencia de la documentación que acompaña a la solicitud presentada en tal sentido y a favor del penado, ciudadano OSCAR ALFONSO PARRA FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad personal No. V- 11.040.829, quien actualmente cumple pena bajo la modalidad de medida de libertad anticipada de destacamento de trabajo, aunado a no constar, tal y como es exigido en el artículo 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, autorización expresa a efecto de la presentación de la solicitud de redención por un miembro en particular de la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa, es por lo que se impone, y así se acuerda, la imperiosa necesidad de devolución de la documentación consig.....