acuerda OTORGAR al imputado ERICK JESUS MARRERO BRITO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 16.028.157, por el lapso de 48 horas, en el Organismo Policial que lo detuvo, la Prohibición de acercársele a la víctima, bien sea en su lugar de estudio, trabajo, o su domicilio e igualmente la prohibición que de por sí mismo o terceras personas la acosen, persigan o intimiden a la víctima, asimismo, ordena tramitar la presente causa por las pautas del Procedimiento Especial establecido en el artículo 94 de la Ley Especial, por lo que las presentes actuaciones serán remitidas a la Fiscalía Veintiuno (21) del Ministerio Público, en su oportunidad legal.