DECLARA: CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento mediante la cual DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del imputado DIOMAR JOSE ASCANIO TORRES por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de ALICIA ECHENIQUE TINEO, por encontrarse llenos los extremos exigidos en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal