Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, REVOCA el Beneficio de Régimen Abierto, al ciudadano RODRIGUEZ PINEDA RAFAEL GREGORIO, titular de la Cédula de identidad V.-4.441.811, ampliamente identificado en autos que anteceden, de conformidad con lo establecido en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia. Notifíquese al Fiscal 10°Con Competencia A NIVEL NACIONAL DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO , remitiéndole anexo copia certificada de la presente decisión. Notifíquese a la Unidad de Defensoria Pública a fin de que se le designe un defensor público al Penado RODRIGUEZ PINEDA RAFAEL GREGORIO, titular de la Cédula de identidad V.-4.441.811 y se notifique de la presente decisión. Líbrese oficio a la Oficina de Sanciones Penales remitiéndole anexo en .....