DECLARA CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL y DE LAS PENAS ACCESORIAS, previstas en el Artículo 16 del Código Penal, que fueran impuestas al ciudadano JOSÉ DAVID SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.810.749, quien fue condenado por el Juzgado Cuarto de Control de este Circuito Judicial, en fecha 31 de enero del año 2006, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por ser autor responsable del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES CULPOSAS, previsto y sancionado en el Artículo 415 en concordancia con el Artículo 420 del Código Penal, así como a las accesorias previstas en el Artículo 16 del Código Penal. En consecuencia se declara la EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL en el presente caso, conforme con lo previsto en el antes señalado artículo 105 del Código Penal, por haber cumplido la pena principal, igualmente se declara la extinción de la pena accesoria a que fue condenado de conformidad con el Artículo 16 ordinal 1º y el cese de la prevista en el ordinal 2º e.....