Por todo lo expuesto anteriormente, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le Confiere la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: declara la NULIDAD ABSOLUTA de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 18 de Septiembre del año 2002, ante la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, así como de todos los actos siguientes a la misma; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Ordena remitir el presente expediente, a la Oficina de Alguacilazgo, Extensión Barlovento,.....