Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y conforme a lo previsto en el artículo 603 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Sanciona al adolescente (Identidad Omitida art. 545 L.O.P.N.A), a cumplir la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD por el lapso de UN (01) AÑO y una vez cumplida esta sanción UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 460 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los ciudadanos: OSCAR ANTONIO GOITA BERDUGILLO, SAMUEL OSWALDO GUERRERO LUCERO, MOGOLLON ARZOLAY JOSE GREGORIO, MARTINEZ FLORES ROBERTH ALEXIS y REINALDO SANCHEZ. todo de conformidad en lo establec.....