...PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, presentada por el Fiscal Décimo Octavo Especializado del Ministerio Público en contra de los adolescentes: IDENTIDADES OMITIDAS, por la comisión del delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 455, concatenado con el articulo 83 ambos del Código Penal, en perjuicio del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 578 Literal a) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por cuanto la misma cumple con todos los requisitos señalados en el artículo 570 eiusdem. SEGUNDO: SE ADMITEN en todas y cada una de sus partes las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por cuanto la representación Fiscal de conformidad con lo establecido en el artículo 570 literal "c", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, indicó y aportó las pruebas recogidas en la investigación, considerando este Juez que las mismas son idóneas, legales, lícita, pertine.....