Este Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA la medida cautelar sustitutiva de libertad impuesta en fecha 01-03-03, al ciudadano HERNANDEZ DIAZ JOSE ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.150.663, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, y se DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD interpuesta por el DR. ALEJANDRO MARQUEZ.
Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ QUINTO DE CONTROL
DR. PEDRO J. NATERA P.
LA SECRETARIA
ABG. MARIZAI ROJAS
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.....