emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO.- DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE MEDIDA DE PROTECCION A LA INTEGRIDAD FISICA de la ciudadana AURISTELA DEL CARMEN MONRROY GUTIERREZ, quien es venezolana, titular de la cédula de identidad V-6.316.206, domiciliada en la Urbanización Nueva Casarapa, Sector los Cántaros, edificio 1B, apto 1-B 43, Guarenas del Estado Miranda, número telefónico 5055029 (0212) y su hijo MOISES ALEXIS PÉREZ MONRROY, venezolano, de 19 años de edad, soltero, domiciliado en la dirección de su progenitora supra señalada y titular de la cédula de identidad No. 17.755.466, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 26, 55 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, consistente en la VIGILANCIA PERMANENTE en su residencia, de sus bienes, persona y familiares SEGUNDO.- Se comisiona para ejecutar la presente medida al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, Región Policial Nº 6, en consecuencia líbrese oficio al Director del r.....