Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, Resuelve: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a JOSE IVAN CÁCERES MENDIVELSO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nr. 15.856.030 y residenciando en el Barrio Genaro Mendez, Carrera 18, Nr. 01-27, San Cristóbal Estado Táchira, por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 219, ordinal 3 del Código Penal, en perjuicio de funcionarios de la Dirección de Seguridad y Orden Público del estado Táchira, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 108 ordinal 6° del Código Penal.
Notifíquese de la presente decisión y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial, una vez quede firme la presente decisión