DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Amparo Cautelar y en consecuencia se suspenden los efectos de la Providencia Administrativa N° 00017-2022, de fecha 07 de febrero de 2022 y del Acta de Ejecución de Reenganche y Pago de Salarios Caídos de fecha 15 y 21 de octubre de 2021, emanados de la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, contenidos en el expediente administrativo Nº 039-2019-01-00668, que declaro con lugar la Denuncia de Reenganche y Restitución de Derechos infringidos, incoado por el ciudadano HENRY ALEXANDER PEREZ MORENO contra la entidad de trabajo recurrente "AMCOR RIGID PACKAGING DE VENEZUELA, S.A." Igualmente se ordena a dicha Inspectoría del Trab.....