- DECISIÓN-
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede y DECLARA a favor de las ciudadanas GALDYS MIREYA RIVAS SERRANO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de estado civil Soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-10.507.516, actuando en su nombre propio y en representación de su hija GLENIS RUIZ RIVAS, titular de la cédula de identidad Nº 25.787.124, el TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías enclavadas sobre un Terreno propiedad de la nación administrado por el INTI, ubicado en Mesa de Urape, Parroquia Caucagua, Jurisdicción del Municipio Acevedo del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la solicitud, .....