DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA, impuesta al ciudadano EDUARD FERNANDO ROJAS ACEVEDO, titular de la Cédula de Identidad N° 15.578.749, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 479, numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, con relación al 112, numeral 1° del Código Penal. Déjese sin efecto la Boleta de Captura que fue emitida en su contra.
Notifíquese a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia. Oficina de Antecedentes Penales, a los fines legales consiguientes.