este Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO EN SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el decreto de intimación dictado en fecha Dieciséis (16) de Abril de 2008, que corre inserto al folio (12 y 13) de este expediente y en consecuencia a ello, se condena a la parte intimada ciudadano: ADOLFO JOSÉ CAÑIZALES PALENCIA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Calle Principal de Tocuyito, Sector El Rodeo Local N°. 110-1, de la ciudad de Ocumare del Tuy, Municipio Lander del Estado Miranda, titular de la cédula de identidad N° V- 5.889.198, al pago de las siguientes cantidades a la parte demandante PETRONIO RAMON BOSQUES, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 43.697 y titular de la cédula de identidad N°. V- 5.135.947, en su carácter de endosatario en procuración de la ciudadana: .....