ADMITE el recurso de apelación presentado por el abogado JAIRO E. CAÑIZÁLEZ FRÉITEZ, quien actúa en su carácter de defensor privado del investigado RODRÍGUEZ NIÑO RAÚL ENRIQUE, en contra de la decisión de fecha 06 de enero de 2015, dictada por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, mediante la cual el referido Órgano Jurisdiccional decretó en contra del ciudadano antes mencionado medida de privación judicial preventiva de libertad conforme a lo establecido en los artículos 236, 237 numerales 2 y 3 parágrafo primero y 238 del Código Orgánico Procesal Penal.