...PRIMERO: se CONDENA al adolescente IDENTIFICACIÓN OMITIDA, venezolano, de 16 años de edad, de cédula de identidad No. V- IDENTIFICACIÓN OMITIDA, natural de Los Teques, Estado Miranda, nacido el 10-10-89, de ocupación u oficio estudiante de noveno grado, hijo de IDENTIFICACIÓN OMITIDA, (V), domiciliado en IDENTIFICACIÓN OMITIDA a cumplir la sanción de: PRIVACION DE LIBERTAD, por un lapso de tiempo de CINCO (05) AÑOS, la cual se hará efectiva desde esta misma sala de Audiencias, de conformidad con lo establecido en el artículo 628, parágrafo segundo, literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del delito de VIOLACION, previsto en el articulo 374 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, con las circunstancias agravantes contenidas en el articulo 77 numerales 5 y 8, en perjuicio del niño IDENTIFICACIÓN OMITIDA, por quedar plenamente comprobada su participación en el hecho por el cual fue acusado por la Representación Fiscal,.....