En razón de lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO TOMÁS LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en Ocumare del Tuy, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, asimismo; basado en el Artículo 185-A del Código Civil, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos MARIBEL TORRES y JOSE FRANCISCO VEGAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros.V-12.086.268 y V-10.893.940, respectivamente. SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que los une hasta el día de hoy, en virtud del Matrimonio Civil por ellos celebrado en fecha seis (06) de Mayo del año Mil Novecientos Ochenta y siete (1987) y el acta que así lo acredita está inserta en ese despacho bajo el Nº 99 de los.....