CONDENA a la ciudadana YOLIMAR COROMOTO VELASQUEZ MARCANO, plenamente identificado al comienzo de la presente acta, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, CINCO (05) MESES Y DIEZ (10) DIAS de PRISIÓN, por la comisión del delito de EXTORSION EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión.